¿Qué pasa si no asisto a las clases? PDF Imprimir Correo electrónico
Jueves 20 de Noviembre de 2008 18:54
Ante la enorme demanda de plazas a la que no siempre podemos dar respuesta positiva, el Consejo Escolar del centro ha establecido (CE de 27/6/2003) que el alumnado oficial pierda la escolaridad por la no asistencia a clase a partir de 6 faltas a clase injustificadas para los grupos alternos por cuatrimestre.

Cuando esta situación se produzca, tal y como se hizo el curso anterior, será el profesor o profesora quien procederá a publicar una lista en el tablón de anuncios de la E.O.I. con los nombres y número de expediente de aquellas personas que por faltar a clase pierden la escolaridad.

Este listado servirá para comunicar oficialmente por escrito la pérdida de escolaridad tanto a la Jefatura de Estudios como al interesado/a, quien dispondrá de un breve plazo para recurrir ante la Comisión de Disciplina del Consejo Escolar del centro.

La no asistencia a clase por motivos injustificados y, por ende, la pérdida de escolaridad, comportará la pérdida del derecho a la evaluación continua, aunque el alumno/a conserve siempre el derecho a las pruebas finales de junio y septiembre.

En el caso de los alumnos de 1º, estos alumnos/as no serán considerados como alumnos/as oficiales del curso anterior en el orden de prioridades para obtener plaza en la escuela y serán considerados como alumnos/as de nuevo ingreso.

Última actualización el Jueves 03 de Diciembre de 2009 18:22
 

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